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Ponencia SPD® en la Facultad de Farmacia de la Universidad de Salamanca
Curso de introducción a la utilización de los SPD en Bilbao
Taller sobre SPD® - Colegio Oficial Farmacéutico de Tarragona
Proyecto Hospital  Saint Dominique de Djunang
Proyecto Clinique abomey-calaviCAMPAÑA de Recaudación de Fondos "Deja tu HUELLA en Benín"
Proyecto Casa del Adulto Mayor de San Juan de Rioseco
 
 

FAQS - Preguntas frecuentes

¿Si me hago socio, cómo podré modificar mis datos o mi cuota?

Si quieres modificar tus datos o tu cuota, podrás hacerlo contactando con la FUNDACIÓN THAUSEN y lo haremos al instante.

¿Si me hago socio, existe algún compromiso?

No hay ningún compromiso mínimo, podrás darte de baja cuando quieras.

¿Si me hago socio, cómo podré darme de baja?

Sólo tienes que contactar con la FUNDACIÓN THAUSEN por email o llamando a nuestro teléfono de atención al socio, +34 935 726 066. La baja es inmediata y fácil, serás socio siempre que quieras serlo.

¿Cúales son los beneficios fiscales por colaborar con la FUNDACIÓN THAUSEN?

Las donaciones efectuadas por personas físicas - residentes en España -, a entidades acogidas a la Ley 49/2002, podrán deducirse, en su declaración del IRPF, de la cuota íntegra el 25% del donativo efectuado, siempre que su importe no supere el 10% de la base liquidable. Es necesario acreditar la efectividad del donativo mediante Certificación expedida por la entidad beneficiaria.

  • Las donaciones efectuadas por los sujetos pasivos del I.S. - residentes en España - a entidades acogidas a la Ley 49/2002, tendrán derecho a deducir de la cuota íntegra (minorada en las deducciones por doble imposición, las bonificaciones y las deducciones para incentivar determinadas actividades) el 35% del importe del donativo. Las cantidades que no hayan podido deducirse se aplicarán en las liquidaciones de los períodos impositivos que concluyan en los diez años inmediatos y sucesivos. La base de esta deducción no podrá exceder del 10% de la base imponible del período impositivo; las cantidades que excedan de este límite se podrán aplicar en los períodos impositivos que concluyan en los diez años inmediatos y sucesivos. Es necesario acreditar la efectividad del donativo mediante Certificación expedida por la entidad beneficiaria.
  • ¿Qué beneficios se obtienen?

    A título individual:

    La satisfacción de pertenecer a una organización de utilidad pública y de colaborar en ella.

    Recibir información periódica y detallada de los objetivos logrados en la consecución de los proyectos.

    Participar en jornadas de voluntariado organizadas por la entidad.

    Desgravación del 25% en la declaración del IRPF de su donativo.

     

    Como empresa:

    Valor añadido a la marca y a los productos de la empresa.

    Incentivos fiscales por el hecho de colaborar en la financiación de proyectos reconocidos como de utilidad pública.

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